
Actualización a: NUEVAS REGLAS COVID-19 PARA EL MOVIMIENTO DE ACUERDO CON GRUPOS DE EDAD
CON EFECTO A PARTIR DE LAS 0:00 HORAS DEL 2 DE MAYO 2020LA REGION DE MURCIA COMPLETA ENTRA EN LA FASE I, Y LES RESUMIMOS LAS NUEVAS NORMAS APROBADAS HOY SÁBADO, PERO QUE ENTRAN EN VIGOR A PARTIR DEL LUNES 11 DE MAYO :
Nota preliminar: estas nuevas autorizaciones, NO son de aplicación para aquellas personas con síntomas compatibles covid_19 o que estén en cuarentena.
En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos, mascarilla o visera facial.
Flexibilización de medidas:
Se podrá circular libremente por toda la region de Murcia, pero no se podrá pasar a otras regiones salvo urgencia médica o situación de fuerza mayor.
Los grupos humanos podrán ser de un máximo de 10 personas pero respetando la distancia de 2 metros o alternativamente con medidas de protección física, higiene, mascarillas respiratoria.
Podrán abrir los comercios minoristas, tiendas de ropa, perfumerías, etc. siempre que tengan una exposición inferior a los 400 metros cuadrados, teniendo todos ellos según el tipo de establecimiento que adoptar las medidas de higiene y protección del personal empleado y de la clientela.
Continua la obligación de fomentar los medios no presenciales de trabajo y por tanto siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.
Podrán abrir museos, conferencias científicas, laboratorios, bibliotecas, espectáculos culturales pero cada sector con sus normas específicas de prevención y con el aforo limitado. Podrán abrir Iglesias y lugales de culto respetando un máximo de 1/3 del aforo autorizado.
Se permiten velatorios y funerales con un máximo 10 personas en espacio cerrado o 15 en espacio abierto.
Es possible utilizar el trasporte público pero es obligatorio el uso de mascarilla y recomendado su uso para el resto de actividades.
Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas, se considera instalación deportiva al aire libre, toda aquella instalación deportiva descubierta, con independencia de que se encuentre ubicada en un recinto cerrado o abierto, que carezca de techo y paredes simultáneamente, y que permita la práctica de una modalidad deportiva. Quedan excluidas de lo dispuesto en este artículo las piscinas, las zonas de agua, duchas o vestuarios y pistas de padel si tienen paredes o techo.
Se permite la reapertura de hoteles y alojamientos turísticos, pero sigue prohibido el uso de las zonas communes. No estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y de todos aquellos espacios análogos que no sean imprescindibles para el uso de hospedaje del hotel o del alojamiento turístico.
Podrán abrir terrazas al aire libre de cafeterias, restaurantes, y hoteles pero se reducirá el aforo máximo al 50 % del aforo máximo autorizado previamente al Covid_19, y los grupos serán máximo de 10 personas y respetando siempre la distancia de 2 metros entre mesas o grupos de mesas diferentes.
El texto completo pueden leerlo en este enlace:
https://boe.es/boe/dias/2020/05/09/pdfs/BOE-A-2020-4911.pdf
NOTA IMPORTANTE: Por favor, puesto parece que lo estamos haciendo bien, no cometamos ahora imprudencias, no nos saltemos estas normas y sobre todo sigamos escrupulosamente las medidas de higiene, uso de mascarilla, distancia social, etc. porque nos jugamos mucho en que esta pesadilla pare. Estas medidas y todo el esfuerzo sin su colaboración no sirve. CUIDENSE TODOS USTEDES Y CUIDEN A LOS DEMÁS.
ADMIBURGOS MURCIA: La Torre Golf Resort. Torre de Vigilancia
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